JERGA MÉDICA COSTEÑA
JERGA MÉDICA COSTEÑA INTRODUCIÓN La resolución 1995 de 1999 del Ministerio de Protección Social regula el diligenciamiento de la historia clínica en Colombia. La resolución señala, entre sus características, la “racionalidad científica”. Para indicar que solo debe utilizarse, en su diligenciamiento, terminología propia del arte médica. No tienen cabida, en ella, escritos que expresen ideas políticas, religiosas, románticas o de ninguna otra índole. Sin embargo, en la redacción del “motivo de consulta y enfermedad actual” se recomienda que, en lo posible, se utilicen los mismos vocablos enunciados por los pacientes. De esta manera, al médico le tocaría familiarizarse con el modo de hablar del sitio donde labora, comprender las innumerables palabrejas propias de la cultura vernácula, quiero decir, de la jerga popular, que varía de acuerdo con la región donde toque prestar el servicio asistencial. El glosario de la jerga