60. ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO


ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO

Los amantes venecianos dParis Bordon o Paris Paschalinus Bordone. Museo de Louvre. París

Photo by Teo Coronado

En 1986 advirtió una sentencia del Consejo de Estado: “Las instituciones no delinquen (…). Son los hombres los que yerran en su conducta, y descubriéndolos y sancionándolos se salvaguarda el honor de la institución a la que sirven”.

Instituciones de carácter público como: las corporaciones donde se hacen las leyes, el poder jurisdiccional que administra Justicia y el ejecutivo, el Gobierno, encargado de dirigir los destinos de la nación, no son las que violan la ley o la ética. 

Son sus miembros los que “yerran en su conducta”: parlamentarios, diputados y concejales; magistrados y jueces; gobernantes nacionales, regionales y locales que las constituyen y representan, quienes violan el ordenamiento jurídico, sus códigos morales. Ellos son los que delinquen. Son ellos los corruptos.

Se trata, casi siempre, de justificar este irregular proceder con el argumento de que las instituciones están constituidas por individuos de carne y hueso, como tales, expuestos a las “pequeñeces” propias de la flaqueza humana, como todo el mundo. Lo condenable es pretender desconocer su responsabilidad moral amparándose en el recurso malicioso de que la gestión cuestionada no está tipificada en ningún código legal. Innoble estrategia, deslindar la ética del derecho, para engañar ignaros.

De otra parte, si el miembro de una entidad de carácter privado, con el poder social y económico inobjetable que esta tiene, llámese: Cámara de Comercio, Andi, Fenalco, Acopi, etc., pasa e ejercer cargos en organismos del Estado, su investidura, como tal, lo convierte en personaje público; el ámbito de su privacidad adquiere límites más rigurosos al individuo corriente.

Los dirigentes, tanto públicos como privados, tienen merecido derecho a una vida íntima que no debe trascender al conocimiento general; caso contrario, lo conocido por todos, deja de ser reservado para convertirse en vox populi.

Lo intimo mío se puede considerar desde dos puntos de vista: 1. Interioridad, 2. Exterioridad. La interioridad tiene que ver con mis confidencias, mis secretos, con lo que tengo que callar de mis sentimientos, con mi vida afectiva. La exterioridad esta referida a lo que tengo, socialmente, que ocultar de mi cuerpo, es decir,  las partes nobles, las partes íntimas de mi cuerpo. Las zonas de mi anatomía que la etiqueta, la urbanidad, incluso el código de policía prohíben ser exhibidas, por pudor, por verguenza. Al respecto el Manual de Urbanidad de Manuel Antonio Carreño, señala: “La dignidad y el decoro exigen de nosotros que procuremos no llamar la atención de nadie antes ni después de entregarnos a aquellos actos, que por mas naturales e indispensables que sean, tienen y pueden tener en si algo de repugnante… Siempre que alcancemos a ver una persona mal vestida o en una disposición que pensamos desagradable, al observarla, apartemos nuestra vista y alejémosla de aquel sitio con discreto disimulo”.
CÓDIGO DE POLICÍA. Artículo 33. Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas. Los siguientes comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse… b) Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad.

En los estadios la policía corre cuando un espectador atrevido y desnudo se lanza sobre el gramado para llamar la atención. Con mucha más razón un recinto como el Congreso de la República donde se hacen las leyes que sustentan nuestra vida civilizada, la convivencia ciudadana, es irrespetado por cualquier persona. Mayor gravedad reviste un acto deshonroso, desnudarse en público, cuando es contemplado por niños presencialmente o por la televisión.

 De mi época de estudiante, en Cartagena, recuerdo ahora al loco Arturo que, en cercanías de la universidad, cuando los muchachos en la calle lo atosigaban, se bajaba los pantalones. Mostraba en principio las nalgas y si lo seguían molestando exhibía alterado su pene en erección.  

En gracia de discusión digamos que hay sitios públicos en donde se permite cierto libertinaje en este sentido.

El conflicto adquiere connotación mayor por el liderazgo moral a que están llamados los integrantes de estas instituciones en el discurrir de la ciudad y de la nación, es decir, por el bien común en que están comprometidos; reduciendo este compromiso, de forma acomodaticia, en el terreno de la ética, a linderos estrictamente personales. La violación de la intimidad es factible, pueda legitimarse jurídicamente, pero, no el comportamiento inmoral, contrario a la ética política.

Lamentables expresiones podemos observar, a través de redes sociales y medios de comunicación, en que por afinidad ideológica o de cualquier otra índole se tolera y hasta se alaba la inmoralidad de unos y se condena la del contrario.

¿Hasta dónde los intríngulis particulares   de funcionarios estatales: jueces, gobernantes y legisladores, involucrados en el destino de la comunidad marcan el límite entre lo privado y lo público?

¿Configura violación de su intimidad la intromisión de cualquier ciudadano, en su desempeño personal como dignatario que presta un servicio público?

Cuando lo íntimo mío, deja de ser privado por mí misma decisión, al hacerlo abiertamente público, quedo impedido a reclamar que se respete mi derecho a la intimidad consagrado en la carta magna. Pierdo  autoridad moral.

La intimidad alcanza su máxima expresión como alteridad, en la aceptación de un tú. En la relación de un yo con un tú. Tu y yo unidos en un mismo cuerpo. Nadie más. Sublimados por el amor. Novios, esposos o amantes.

Barranquilla julio 26 de 2018

Teobaldo Coronado Hurtado.

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